A- de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Jose Arcesio Murillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Objeto de tutela por actuación irrazonable con abuso de poder por funcionario
- Providencia de trámite
- Procedencia excepcional
- Improcedencia
- Procedencia excepcional
- No sustituye mecanismos de defensa judicial
- Imprecisión
- No obliga a dar vigencia retroactiva a fallo de constitucionalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó la solicitud formulada por el ciudadano de la referencia para que se declare la nulidad de la Sentencia T-215/00, proferida por esta Corporación.
La Corte argumentó que en el estudio de una petición de la nulidad de una providencia debe “adoptarse el máximo de cuidado, porque de lo contrario se podrían cometer injusticias, perderían seriedad los fallos y se podría usurpar jurisdicción al revivir procesos legalmente concluidos”.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional, en Sala Plena
- R E S U E LV E :
- DENEGAR la solicitud formulada por el doctor Ramon Esteban Laborde Rubio, actuando en nombre y representacion del senor Jose Arcesio Murillo Ruiz, para que se declare la nulidad de la Sentencia T-215 del 2 de marzo del ano 2000, proferida por la Sala Novena de Revision de esta Corporacion.
- Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.